El pasado 01 de Diciembre 2022 participé en el ciclo de sesiones de Fide: Presidencia española del consejo de la Unión Europea. También participó como ponente Ana Gallego Torres, Directora general de justicia y consumidores de la Comisión Europea y como moderadora...
El derecho a la ciudadanía europea de los niños: Propuesta ‘Parenthood’
El pasado 7 de diciembre la Comisión aprobó dos importantes paquetes normativos para el ámbito de la Justicia civil. El primero supuso la publicación de una nueva propuesta de Directiva en materia de insolvencia, armonizando ciertos aspectos complementarios de la...
Congreso Nacional – El Derecho Marítimo frente a las cuestiones más actuales
Participé el pasado 17 y 18 de noviembre en el Congreso Nacional El Derecho Marítimo frente a las cuestiones más actuales. Asociación Española de Derecho Marítimo (AEDM). Me alegró mucho del gran éxito de asistencia y la participación en el Congreso junto con...
Retos jurídicos de la Unión Europea
Participé el pasado 1 de diciembre en FIDE en Ciclo de sesiones: Presidencia española del Consejo de la Unión Europea. Iniciamos este ciclo de sesiones en julio de 2022, a un año del comienzo de la Presidencia española del Consejo de la UE, con el objetivo de crear un...
La Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil, colma una importante laguna en el Derecho español, tras el mandato al respecto de la LEC 1/2000. La obra realiza un análisis normativo, riguroso, completo y práctico, de todas las materias incluidas en la ley. Bajo la dirección de Ana Fernández-Tresguerres, notaria de Madrid, experta del Ministerio de Justicia en Derecho Internacional y Miembro del Consejo Académico de Fide, se han reunido los principales especialistas en la materia (magistrados, profesores, altos funcionarios, abogados, notarios y registradores) que analizan la Ley desde todas las perspectivas.
La Ley 29/2015 se proyecta sobre las relaciones comerciales; familiares y personales; litigiosas o extrajudiciales, que presenten elemento internacional. Destaca su carácter general, básico y subsidiario, respecto al Derecho europeo y convencional. El legislador traza un concepto expansivo de la cooperación jurídica internacional. Regula el reconocimiento o ejecución de resoluciones judiciales. Completa su articulado con la implementación de los Reglamentos (UE) 1315/2012, Bruselas I Recast y (UE) 650/2012, sobre sucesiones internacionales.
Los derechos económicos de esta publicación han sido cedidos gratuitamente por los autores a Fide